Amortizaciones vs mantenimiento de empleo


En el marco de las medidas que el Gobierno está tomando para hacer frente a la crisis financiera y económica, la Ley 4/2008 de 23 de diciembre, introduce modificaciones referentes al Impuesto sobre Sociedades, IVA, la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio y otras, entre las que destacamos la referente a la libertad de amortización.

El régimen de incentivos a las empresas de reducida dimensión, de aplicación a las entidades cuya cifra de negocios en el periodo inmediato anterior sea inferior a ocho millones de euros, ya recoge la libertad de amortización en los supuestos siguientes:

  1. Libertad de amortización para inversiones generadoras de empleo.
  2. Libertad de amortización para inversiones de escaso valor.
  3. Amortización acelerada del activo material nuevo.
  4. Amortización acelerada de bienes objeto de reinversión.

En el contexto de esta entrada nos centramos en la libertad de amortización para inversiones generadoras de empleo que se regulan de la siguiente forma:

  • Los elementos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias nuevos, puestos a disposición del sujeto pasivo en el periodo impositivo en el que se cumplan las condiciones para considerar a una empresa como de reducida dimensión, podrán ser amortizados libremente siempre y cuando, durante los 24 meses siguientes a la fecha del inicio del periodo impositivo en el que los bienes adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la empresa se incrementara respecto de la plantilla media de los 12 meses anteriores, y dicho incremento se mantuviera durante un periodo adicional de otros 24 meses.También se aplica a los bienes con contratos de arrendamiento financiero con la condición que se ejerza la opción de compra. 
  • La cuantía de la inversión que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será la que resulte de multiplicar la cifra de 120.000 euros por el referido incremento de plantilla mantenido, calculado con dos decimales.

Con la modificación introducida por la Ley 4/2008 se extiende el ámbito de aplicación de la libertad de amortización al ser de aplicación generalizada a todas las empresa sin considerar su dimensión, condicionada al mantenimiento de la plantilla media de la empresa: De esta forma se establece que:

  • Las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010, podrán ser amortizados libremente siempre que, durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores. 
  • La deducción no estará condicionada a su imputación contable en la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Este régimen también se aplicará a dichas inversiones realizadas mediante contratos de arrendamiento financiero que cumplan las condiciones establecidas por sujetos pasivos que determinen su base imponible por el régimen de estimación directa, a condición de que se ejercite la opción de compra.
  • No se aplicará a las inversiones cuya puesta a disposición tenga lugar dentro de los períodos impositivos establecidos en dicho apartado, que correspondan a elementos nuevos encargados en virtud de contratos de ejecución de obras o proyectos de inversión cuyo período de ejecución, en ambos casos, requiera un plazo superior a dos años entre la fecha de encargo o de inicio de la inversión y la fecha de su puesta a disposición o en funcionamiento. No obstante, en estos casos, la libertad de amortización a que se refiere el apartado anterior se aplicará exclusivamente sobre la inversión en curso realizada dentro de los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010.

Legislación: 

 Imagen: Ofertas de empleo

El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (I)


Con la Reforma Contable realizada en nuestro país y, sus manifestaciones más recientes –Reforma Mercantil, Ley 16/2007, y la aprobación del Nuevo Plan General de Contabilidad (NPGC), se contemplan las Cuentas Anuales –vehículo de transmisión de la información contable suministrada por las empresas- con dos nuevos estados o documentos contables a incorporar a los tradicionales (Balance, Pérdidas y Ganancias y Memoria): el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN) y el Estado de Flujos de Efectivo (EFE).

El ECPN pone de manifiesto, según se desprende de su denominación, las variaciones experimentadas por el patrimonio neto de la empresa. Variaciones que serán explicitadas cuantitativa y cualitativamente en lo que respecta a su naturaleza y causas tanto económicas como contables. Podría configurarse con el siguiente detalle:

Cambios Patrimonio neto

● El incremento o disminución en sus activos netos durante el ejercicio, excepto por los cambios que sean consecuencia de transacciones con sus socios en su calidad de tales, y los costes de transacción directamente relacionados con esas transacciones.

● El importe total de los ingresos y los gastos, incluidos los resultados –ganancias o pérdidas- generados por las actividades de la entidad en el ejercicio.

En relación con su contenido, la NIC 1 (Presentación de Estados Financieros) contempla dos opciones en la configuración del ECPN, atendiendo a las operaciones que la empresa realiza, a saber:
  • Incidiendo en el efecto que generan, o bien
  • Centrando la atención en el origen de las mismas
El nuevo plan contable ha optado por la segunda de las opciones mostrando como se expresa en el esquema siguiente:

De esta forma en el ECPN se mostrará la variación experimentada por el patrimonio neto según las operaciones que constituyen su origen; así, todas las transacciones o hechos que constituyan ingresos o gastos –registrados en pérdidas y ganancias, o en patrimonio neto- se presentarán en la primera parte (estado de ingresos y gastos reconocidos) y todas las operaciones con los propietarios se mostrarán en la segunda parte (estado total de cambios en el patrimonio neto).

El Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos (EIGR)

Recoge los ingresos y gastos devengados en el ejercicio y por diferencia el saldo global de los ingresos y gastos reconocidos, recogiendo separadamente las transferencias que se hayan realizado durante el ejercicio a la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con los criterios fijados en las correspondientes normas de registro y valoración. Su composición se puede comprobar en el esquema siguiente:

Ingresos

 

 

Y

 

 

gastos

 

 

 

 

 

imputados

 

al patrimonio

 

 

 neto

ü  Las variaciones en el valor razonable de activos financieros disponibles para la venta.

ü  Las ganancias o pérdidas de los instrumentos de cobertura que se hayan determinado como eficaz en las coberturas:

o    de flujos de efectivo

o    de la inversión neta en negocios en el extranjero

ü  Las diferencias de cambio de partidas no monetarias valoradas a valor razonable con cambios en el patrimonio neto, como las inversiones de patrimonio clasificados como activos financieros disponibles para la venta.

ü  Las diferencias de conversión que se produzca en la conversión de las cifras de la moneda funcional a la de la presentación.

ü  La contrapartida de los activos y pasivos por impuesto diferido relacionados con transacciones reconocidas directamente en el patrimonio neto.

ü  La recepción de subvenciones, donaciones y legados que tengan la consideración de no reintegrables.

ü  La variación en el cálculo del valor actual de las retribuciones post-empleo comprometidas o, en su caso, del activo afecto, debida a pérdidas y ganancias actuariales.

ü  La variación (positiva o negativa) en el valor razonable de determinados activos no corrientes mantenidos para la venta (en particular, activos financieros disponibles para la venta).

ü  En relación con las participaciones en empresas del grupo, asociadas y multigrupo con ajustes en el patrimonio neto previos a la citada calificación, por las:

o    Pérdidas por deterioro de valor y su recuperación, y

o    Las transferencias a pérdidas y ganancias de los anteriores ajustes valorativos en caso de deterioro.  

Los gastos e ingresos relacionados, es sabido que se registran en los nuevos grupos (8 y 9) del plan, por ello, esta primera parte del ECPN, puede considerarse:

  • La “cuenta de resultados” de los grupos 8 y 9.
  • Y, en cierta medida, como el depósito de los resultados obtenidos por la empresa pero no realizados

En relación con la presentación, de esta primera parte del ECPN, el nuevo plan lo recoge de la siguiente forma:

 Estado de Ingresos y Gastos reconocidos

Notas

200X

200X-1

A) Resultado de la Cuenta de Pérdidas y  Ganancias.

 

 

 

Ingresos y Gastos imputados directamente al  patrimonio neto.

     I.    Por valoración de instrumentos financieros.

1.    Activos financieros disponibles para la venta.

2.    Otros ingresos/gastos.

   II.    Por coberturas de flujos de efectivo.

  III.    Subvenciones donaciones y legados.

  IV.    Por ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes.

    V.    Efecto impositivo.

 

 

 

B) Total Ingresos y Gastos imputados directamente al Patrimonio Neto (I+II+III+IV+V)

 

 

 

Transferencias a la cuenta de Pérdidas y Ganancias.

  VI.    Por valoración de instrumentos financieros.

1.    Activos financieros disponibles para la venta

2.    Otros ingresos/gastos.

VII.    Por coberturas de flujos de efectivo.

VIII.    Subvenciones donaciones y legados.

  IX.    Efecto impositivo.

 

 

 

C) Total Transferencias a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias (VI+VII+VIII+IX)

 

 

 

TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS

(A+B+C)

 

 

 


En próximas entradas nos ocuparemos de la segunda parte, el Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto (ETCPN).


Entradas relacionadas con Patrimonio Neto:

 

El patrimonio neto, configuración actual

Crisis financiera y nuevo patrimonio neto

Patrimonio neto contable  y/o mercantil

Plan General de Contabilidad y Patrimonio Neto

El nuevo concepto contable de Patrimonio Neto

 

Imagen: Flickr, Navidad

Crisis financiera e inmobiliaria


Es conocida y asumida la peculiar relación existente entre las entidades financieras y los promotores; dos sectores, de un indudable potencial inversor y de generación de empleo en nuestra economía. 
Advertimos, desde hace algunos meses, que esta relación no es tan fluida como hasta hace poco. Y resulta evidente que el deterioro en las citadas relaciones, probablemente, sea consecuencia de la avalancha de concurso de acreedores presentados. Es decir, desequilibrios financieros, falta de liquidez para hacer frente a las deudas a su vencimiento, para muchas empresas del sector. 
No entramos en el análisis del origen de la situación financiera por la que atraviesan las empresas españolas y, en particular, las promotoras inmobiliarias: si es efecto de la limitación del crédito de las entidades financieras, de la crisis financiera y económica mundial o fruto de los excesos de la burbuja inmobiliaria, que parecía que lo resistía todo. Probablemente sea una mezcla de las citadas circunstancias y, en cualquier caso, una estrategia de gestión mal desarrollada y peor financiada. 
En esta situación el sector inmobiliario está pagando los errores, excesos y abundancia de dinero fácil y barato, de otros tiempos, no tan lejanos. A la lista extensa de concursos de acreedores del sector se incluye, hoy, el de Habitat con una deuda sin poder atender de más de 2.300 millones de euros. 
Pero creemos que de no producirse una inyección de recursos financieros espectacular, podría llamarse rescate inmobiliario, por parte de las entidades públicas, en 2009 se van a multiplicar, lamentablemente, las situaciones de insolvencia, transitoria, en el sector. 
Podría ser que, en la situación actual del ejercicio económico, las entidades financieras no estén mostrando todavía la peor actitud en la tradicional y peculiar relación con el sector inmobiliario. Podrían haber decidido, las entidades financieras, llegar al cierre del ejercicio sin más sobresaltos en los resultados de 2008.

Y, para concluir, esta entrada me gustaría que reflexionemos lo siguiente: 
El sector inmobiliario ha cometido errores y, ahora se enfrenta a ellos, al igual que otros sectores, evidentemente. 
Pero, las entidades financieras, la gran banca en particular, también los ha cometido, y los ¿ha asumido, rectificará o esperará al siguiente rescate?
Imagen: flickr, fran_hi

La información contable y la crisis financiera (III)

Podemos resumir, de las  dos entradas anteriores referidas a la relación entre información contable y crisis financiera, que la información contable debe orientarse a que usuarios externos e internos puedan tomar sus decisiones económicas en el ámbito más relevante, responsable, fiable y transparente. 
El fin de semana pasado, como es conocido por todos, se celebró la cumbre del G-20 centrada en la búsqueda de soluciones para afrontar y salir de la actual situación financiera y, entre otras medidas, relacionadas con esta entrada tomaron  las siguientes:
"Nos comprometemos a poner en marcha políticas coherentes con los siguientes principios comunes de reforma:
- reforzar la transparencia y la responsabilidad: vamos a reforzar la transparencia de los mercados financieros, lo que implica aumentar la información exigible sobre los productos financieros complejos y hacer que las compañías informen de manera exhaustiva y fiel sobre sus condiciones financieras. Deberían situarse los incentivos en una misma línea para evitar una excesiva asunción de riesgos.
- mejorar la regulación en profundidad: nos comprometemos a reforzar nuestros regímenes reguladores, una supervisión prudente y la gestión de riesgos, así como a garantizar que todos los mercados financieros, sus productos y los que actúan en los mercados están regulados o sometidos a supervisión de la manera más adecuada a sus circunstancias. Vamos a ejercer una supervisión estricta sobre las instituciones de clasificación crediticia, coherente con un código internacional de conducta consensuado y reforzado. Asimismo, vamos a hacer que los regímenes reguladores sean más eficaces a lo largo del ciclo económico, al mismo tiempo que se asegure que la regulación sea eficaz, que no coarte la innovación y que fomente un mayor intercambio de productos y servicios financieros. Nos comprometemos a realizar evaluaciones transparentes de nuestros sistemas nacionales de regulación...."

Y aprobaron (con la implicación de otras economías, participación de los organismos necesarios y aportación de los expertos necesarios)  la revisión  y unificación de las normas de contabilidad a nivel mundial, en especial en el caso de inversiones complejas en momentos de tensión.
Para ello, acordaron como acciones inmediatas  que hasta final de marzo de 2009, las siguientes (reiteramos que sólo nos ocupamos de aquellas medidas, soluciones y cuestiones referidas a la implicación de la contabilidad en la crisis financiera):

-Los organismos clave con responsabilidad global deberán trabajar con el fin de reforzar los métodos de valoración de garantías, teniendo, además, muy en cuenta la valoración de productos complejos de baja liquidez, especialmente durante épocas de tensión.
-Los organismos responsables del establecimiento de normas contables deberán avanzar significativamente en sus tareas para poder resolver las posibles debilidades contables y hallar pautas para el control de los elementos que figuren fuera de balance.

Reconozco que que me parecen estimulantes las reflexiones anteriores y me genera ilusión que se avance, aunque sea tan despacio, en el repetido recurso de la utilidad de la información contable. ¿Estamos en la buena dirección?
En cualquier caso, estaremos atentos al análisis de las citadas debilidades contables y la repercusión en la crisis financiera. 

La información contable y la crisis financiera (II)

En la entrada de la semana pasada " La información contable y crisis financiera (I), quedamos emplazados para analizar la relación existente y la deseable entre la información contable y los problemas financieros de las empresas.  
En este sentido, recientemente, hemos expresado nuestra preocupación por el papel de relevancia y utilidad de la contabilidad en el marco de la gestión financiera de las empresas, en particular de las PYMEs (véase Gestión de la crisis en las PYMEs). 

Es conocido que, a mediados del mes pasado, la Comisión Europea aprobaba una modificación en la normativa de las entidades financiera para minimizar la pérdidas en determinados activos (cartera de negociación). Parece que entre las medidas tomadas por el G-20, en este fin de semana, podría suponer otra reforma contable; se dice que para prevenir estas situaciones de crisis.

Sin entrar en los detalles conceptuales (véase para ello, por ejemplo, una brillante reflexión del profesor Enrique López, en la revista digital Peatom, en fiscalización.es, de esta cuestión, por supuesto, interesantes pero probablemente inadecuados en el contexto de este blog, sí nos interesa expresar que la información contable no debe utilizarse como herramienta de maquillaje de valoración de determinados activos y, en definitiva, sobre la determinación del resultado. 
Sin embargo, venimos defendiendo desde hace tiempo que, la información contable ha de ser relevante, transparente, fiable, entre otras características, y sobre todo ha de utilizarse como herramienta de la gestión económica de las empresas. 

No obstante, hasta ahora en nuestro país, la contabilidad basada  en el PGC 90, o en el PGC 07, fundamentalmente en las PYMEs, no es utilizada como herramiente de gestión en el ámbito económico-financiero de la empresa. Entendemos que si no se utiliza será porque los gestores entienden que no les resulta útil. Aunque me parece evidente que los problemas financieros actuales de las PYMEs, con los consecuentes concursos de acreedores, EREs, cierres, podrían haberse mitigado, cuando menos, con una gestión profesional y con el asesoramiento necesario.

Entonces, en esta situación, las PYMEs tendrían problemas de financiación, de gestión y, además, la información contable sigue sin orientarse, a pesar de la reciente reforma, a esa tarea de gestión para la empresa.

Entendemos que sería interesante, para próximas entradas, la distinción entre las medidas de corto plazo o de supervivencia y aquéllas que supongan un salto cualitativo en la gestión de las empresas.